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FAQ'S RoHS, REACH & CE

REACH

Reglamento relativo al registro, evaluación, autorización y restricción de sustancias químicas

El REACH – Reglamento (CE) 1907/2006] es el Reglamento Europeo de Sustancias Químicas relativo al Registro, Evaluación, Autorización y Restricción de Sustancias Químicas.

REACH está en vigor desde 2007 y tiene por objeto garantizar un alto nivel de protección de la salud humana y el medio ambiente. Al mismo tiempo, tiene por objeto garantizar la libre circulación de productos químicos en el mercado interior y promover la competitividad y la innovación. REACH se basa en el principio de que los fabricantes, importadores y usuarios intermedios asumen la responsabilidad de sus productos químicos. Deben asegurarse de que los productos químicos que producen y comercializan se utilicen de forma segura. La abreviatura “REACH” se deriva del título inglés del reglamento: Reglamento relativo al registro, evaluación, autorización y restricción de productos químicos. El reglamento REACH está considerado como una de las leyes de productos químicos más estrictas del mundo”.

Conformité Européenne

CE-Identificación

Las letras “CE” aparecen en muchos productos comercializados en el mercado interno ampliado del Espacio Económico Europeo (EEE). Significan que los productos que se venden en el EEE han sido comprobados para asegurar que cumplen con altos estándares de seguridad, salud y protección del medio ambiente. La marca CE también apoya la competencia justa al obligar a todas las empresas a cumplir con las mismas reglas.
Al colocar la marca CE en un producto, el fabricante declara que el producto cumple con todos los requisitos legales de la marca CE y puede ser vendido en todo el EEE. Esto también se aplica a los productos fabricados en otros países y vendidos en el EEE.

RoHS

Restricción de determinadas sustancias peligrosas

La Directiva RoHS (Directiva sobre la restricción del uso de determinadas sustancias peligrosas en los desechos de aparatos eléctricos y electrónicos), que se aplica en toda la Unión Europea, define diversas sustancias químicas que no pueden utilizarse en los aparatos eléctricos y electrónicos. El 22 de julio de 2019 entrará en vigor en la UE la Directiva “ampliada” RoHS con nuevas prohibiciones de uso de sustancias.

Las siguientes sustancias están reguladas:

  • plomo (PB)
  • Cadmio (Cd)
  • Bifenilos polibromados (PBB)
  • Éteres difenílicos polibromados (PBDE)
  • Cromo hexavalente
  • Mercurio (Hg)
  • butilbencilftalato (BBP)
  • Di(2-etilhexil) ftalato (DEHP)
  • Ftalato de dibutilo (DBP)

Los materiales homogéneos que contengan más del 0,1 por ciento en peso de cada una de las sustancias mencionadas (Cd 0,01 por ciento en peso) no podrán utilizarse en los aparatos eléctricos de las categorías de aparatos enumerados en el Anexo I de 2011/65/UE.
Estos llamados límites de minimis tienen en cuenta el hecho de que puede haber cantidades muy pequeñas de impurezas que no se pueden evitar técnicamente.

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